Condenado un joven a siete años de cárcel por violar y golpear en la barriga a su pareja embarazada
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a siete
años y tres meses de cárcel y al pago de una indemnización de 6.300 euros a un
joven de 22 años de edad, identificado como A.A.H., por agredir sexualmente,
amenazar con una navaja y golpear en la barriga a su pareja embarazada de 19
años, que después de los hechos decidió abortar.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia
Provincial considera probado que, sobre las 20,00 horas del 8 de diciembre de
2009, víctima y agresor se encontraron en la barriada Pablo VI de Alcalá de
Guadaíra tras mantener una discusión telefónica, momento en el que el procesado
"le golpeó" en la barriga y con un teléfono móvil en la cara, a la que vez que
le decía "eres una puta, el niño te lo voy a quitar a patadas".
Para evitar problemas mayores, la joven aceptó acompañar al condenado a la
casa donde éste vivía con sus padres, y una vez allí, donde se encontraban
varios familiares del procesado, éste intentó quitarle la ropa "con la intención
de mantener relaciones sexuales", a lo que ella se negó, lo que hizo que el
joven le diera un fuerte golpe con el puño en el muslo.
Con ello, logró que la víctima se quitara la ropa y accediera a mantener
relaciones sexuales para evitar más agresiones; tras penetrarla, el acusado le
pidió perdón, manifestándole ella que no quería seguir con la relación. A
continuación, y mientras la joven recibía una llamada telefónica de su madre, el
procesado abrió una navaja "por si decía algo inconveniente", añade el fallo
consultado por Europa Press.
SEGÚN EL CONDENADO, LAS RELACIONES FUERON CONSENTIDAS
Tras discutir "en buen tono" sobre cuestiones relacionadas con el
embarazo, el imputado pidió a su pareja volver a tener relaciones sexuales, a lo
que ella accedió "para poder marcharse cuanto antes", tras lo que el procesado
acompañó a la afectada a su domicilio. En el juicio, el acusado defendió que era
cierto que tuvo relaciones sexuales con su pareja, pero que fueron consentidas,
negando que le pegara o amenazara ni en su casa ni en la calle.
La Audiencia dice que "es cierto" que el comportamiento de la denunciante
"puede resultar extraño" e incluso "poco razonable" si se tiene en cuenta lo
"irracional" de alguna de las circunstancias que concurrieron en la secuencia de
hechos, como por ejemplo que se marchara con una persona a quien "tenía miedo" o
que accediera a ir con quien acababa de agredirle al domicilio de éste, "en vez
de volverse inmediatamente a su casa".
También considera "extraño" que la víctima "no pidiera auxilio cuando
estaba siendo agredida sexualmente si en la habitación contigua se encontraban
los familiares" del agresor, pero "ha de tenerse en cuenta las especiales
circunstancias de la agredida, que sólo tenía 19 años, se encontraba embarazada
del procesado y tenía una dependencia emocional hacia éste por temor a su
violenta conducta".
No obstante, "que podamos calificar como extraño el comportamiento de la
denunciante no tiene por qué cuestionar automática e irreversiblemente su
credibilidad", ya que el testimonio de la joven "ha resultado creíble, porque es
uniforme desde sus primeras declaraciones", a lo que se añade que el parte
médico y el informe médico forense "corroboran esta versión".
LA MADRE DE LA VÍCTIMA LE OBLIGÓ A DENUNCIAR
Además, la credibilidad de la denunciante se ve "reforzada" por el hecho
de que no tuviera, en principio, la intención de denunciar, ya que "asumía lo
ocurrido como un incidente más de la dependencia que sufría respecto del
procesado", y fue su madre quien, al ver las "visibles" lesiones que tenía y
conocer el relato íntegro de lo ocurrido, le obligó a formular la denuncia.
"Por tanto, si ni siquiera quería denunciar pese a haber sufrido
agresiones, no es posible sostener que existiera animadversión de la
denunciante, que en su ingenuidad y transparencia manifestó en el juicio que
todavía quería al acusado", prosigue la Audiencia, añadiendo que el acusado
"intentó justificar la incredibilidad del testimonio de la joven deslizando
continuamente que las discusiones y la denuncia podían obedecer a que ella
quería abortar y él no".
Según dice la Audiencia, la joven "explicó que ella no quería abortar y
que abortó porque la convencieron, lo que ella entendió y ahora agradece porque
poco futuro iba a tener su hijo con un padre sin expectativas laborales ni
ganas, que se levantaba tarde y sólo se preocupaba de fumar porros".
La Audiencia condena al procesado a seis años de cárcel por un delito de
agresión sexual; a nueve meses por un delito de amenazas graves, y a seis meses
de prisión por un delito de maltrato, así como al pago de una indemnización de
6.300 euros a favor de la víctima, cantidad que "se considera proporcionada a la
naturaleza de la agresión y al daño moral sufrido por la denunciante, que no ha
sido muy intento por suerte y gracias al tratamiento recibido".